La eutanasia llega en plena pandemia y sin consenso de la profesión

Después de su paso por el Senado, la nueva ley orgánica volvió al Congreso el pasado 18 de marzo para su aprobación definitiva. Tras su publicación en el BOE, entrará en vigor a los tres meses. Los profesionales se enfrentan a una nueva prestación del sistema sanitario con una gran complejidad en
todos sus aspectos.

En un año marcado por la pandemia de covid-19 en casi todos los aspectos de la vida y, de forma especial, en la atención sanitaria, España vivirá también un cambio sustancial en la relación médico-paciente al incorporar la eutanasia a su sistema jurídico como derecho y como prestación del Sistema Nacional de Salud. Tras su paso por el Senado, la Ley Orgánica para la regulación de la eutanasia llegó el pasado 18 de marzo a su último y definitivo paso en el Congreso, donde fue aprobada con 202 votos a favor, 141 en contra y dos abstenciones. Una vez publicada en el ‘Boletín Oficial del Estado’, en un plazo de tres meses cualquier ciudadano español mayor de edad, con residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia superior a 12 meses podrá pedir acabar con su vida “por causa de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable”.

Aunque no se nombra específicamente en la norma, también se contempla el suicidio asistido, ya que la prestación incluye tanto “la administración directa al paciente de una sustancia por parte del profesional sanitario competente” como “la prescripción o suministro al paciente por parte del profesional sanitario de una sustancia, de manera que esta se la pueda autoadministrar, para causar su propia muerte”.

España se convertirá así en el cuarto país de Europa, tras Holanda, Bélgica y Luxemburgo, en regular la eutanasia, también legal en Canadá, autorizada en Colombia –pero sin texto legal debatido en el Parlamento– y aprobada en Nueva Zelanda para ponerla en marcha a final de este año. Del mismo modo, tiene amparo legal el suicidio asistido en varios estados de EEUU y de Australia, Alemania, Japón o Suiza.

Según el desarrollo de la nueva prestación, si el paciente es consciente debe solicitar la eutanasia hasta en cuatro ocasiones: dos veces por escrito, con un margen de al menos 15 días y con la alusión expresa a que no es el resultado de “ninguna presión externa”. Una vez se presente la primera solicitud, el médico responsable debe realizar un proceso deliberativo sobre su diagnóstico que incluya los posibles cuidados paliativos y que el paciente tiene que confirmar.

Este paso se repetirá tras la segunda solicitud y, al final, una comisión de evaluación tendrá que aprobar todo el proceso. Pueden pasar hasta 40 días desde la petición para llevar a la práctica la eutanasia, que, según la norma, se realizará en centros sanitarios públicos, privados o concertados o en el domicilio del paciente, a cargo del médico responsable del proceso.

Si la persona no cumple el requisito de estar consciente, se le puede aplicar si previamente ha “suscrito un documento de instrucciones, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos”.

El médico, el gran protagonista junto con el paciente

En todos los casos, la aplicación queda a cargo del médico responsable del proceso, el otro gran protagonista, junto con el paciente, aunque con la posibilidad de ejercer su derecho a la objeción de conciencia mediante la inscripción previa en un registro no exento de polémica y dificultades. La norma sale adelante con un fuerte respaldo social –el 72,3% de los españoles se muestra a favor, según una encuesta del CIS de enero de este año– y con una gran celeridad –fue presentada por el Grupo Socialista y tomada en consideración por el pleno del Congreso el 11 de febrero de 2020–, pero también sin el apoyo de la profesión médica española, según el posicionamiento aprobado en la Asamblea General de Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM), ni el de la Asociación Médica Mundial, y ni siquiera con un informe favorable del Comité Español de Bioética, máximo órgano asesor del Gobierno en esta materia.

Así lo señala el presidente del Colegio de Médicos de Madrid, el Dr. Manuel Martínez-Sellés, que está liderando la lucha para que esta ley finalmente no se llegue a aplicar, aunque la esperanza para evitarlo sea ya “mínima”. Entre las acciones que llevará a cabo está la de pedir a las comunidades autónomas que limiten su aplicación, en su caso, a la de Madrid, pero también luchará para que no haya un registro de médicos objetores “y para que la sociedad sepa que esta ley es una imposición que rechazamos, porque nace sin diálogo con la organización colegial ni con los expertos, quizá porque sabían lo que les íbamos a decir, y además, en un año marcado por la pandemia”.

“Los médicos no nos dedicamos a esto, va en contra de la esencia de la medicina desde sus orígenes; si el legislador quiere que alguien lo haga, que creen otra profesión”, añade Martíñez-Sellés, quien indica que está avalado, no sólo por el Código Deontológico de la institución colegial, que dice expresamente que el médico “nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún paciente, ni en el caso de petición expresa de éste”, sino también por el informe de la Asociación Médica Mundial de 2019, al dejar bien claro que la eutanasia quiebra la relación de confianza médico-paciente; o por el Comité Español de Bioética, que hace “un informe demoledor, expresando que la eutanasia y el suicidio asistido no son signos de progreso, sino de un retroceso en la civilización”. Del mismo modo, un comité científico del Colegio de Médicos de Madrid ha publicado una monografía completa analizando todo el proceso y el contenido de la ley en la que se concluye claramente que no se puede entender la eutanasia como un acto médico, al tiempo que se pide un nuevo informe al Comité de Bioética y que se permita a los médicos dar su opinión a los grupos parlamentarios.

“Se ha aprobado en plena pandemia, sin consultar a los expertos, no ha habido debate social y, lo más grave, sin tener una ley de cuidados paliativos en España, donde existe menos de un tercio de los recursos que se recomiendan y somos de los pocos países de Europa sin esta especialidad médica”, asegura el presidente del colegio madrileño, “muy preocupado” porque, “en vez de promover los paliativos, la única alternativa que se da a las personas que están sufriendo es la eutanasia; acabar con el sufriente, en vez de acabar con el sufrimiento”.

No se puede aliviar el sufrimiento en todos los casos

Pero el sufrimiento al que no se puede dar solución es, precisamente, “la razón de peso” para que médicos como el Dr. Fernando Sanz, con toda una vida profesional a sus espaldas en Atención Primaria, consideren que esta ley de eutanasia era necesaria. “La experiencia evidencia que los medios actuales de la medicina no son capaces de aliviar el sufrimiento en todos los casos, y eso genera el derecho de que alguien pueda decidir acabar con su vida”, explica, aludiendo, además, al incuestionable apoyo social a esta posibilidad, respaldada también, según destaca, por algunos colectivos médicos, como demuestran estudios sociométricos que se han realizado en Bizkaia, Madrid, Tarragona y Las Palmas, con apoyos cercanos al 70% de los encuestados.

Para Fernando Sanz, el Código Deontológico de la profesión médica parte “de un planteamiento obsoleto y confesional anclado en la concepción de que la vida es un bien otorgado por un ser omnipotente”. Pero añade que, tal y como recoge el preámbulo de la ley de eutanasia, “la vida es un bien que uno administra, es propietario y responsable de ella, y en algunos casos debe haber derecho a ponerle fin, siempre que nos hayamos asegurado de que esto no sirve para delinquir ni precipitar la muerte en personas en una situación desesperada o psicológicamente inestable, con un conjunto de garantías que recoge la ley”.

De hecho, subraya, está considerada como la ley más garantista del mundo. Es el primer texto legal que impone un control previo y, además, una comisión externa de garantías y evaluación tiene que revisar que se han dado todos los pasos en la tramitación y circunstancias del solicitante.

Además, este médico pone de manifiesto que la muerte por eutanasia es “un hecho raro” –en Holanda no llega al 4% de los fallecimientos– y que quien lo solicita “lo hace por razones poderosas, ya lo ha intentado todo y decide que ha llegado el momento de terminar”.

En “un país civilizado”, defiende, “esto debe ser una prestación del sistema sanitario, lo que no solo plantea un cambio cultural importante, porque incorporamos un derecho nuevo, sino que es técnicamente muy complejo, con muchas horas de trabajo para el profesional, que incluyen informes, visitas, compartir el proceso con otro compañero, el debate con el paciente… Un gran esfuerzo de organización, formación y nuevos recursos”.

“Grandes lagunas” pendientes, como advierte también el doctor Martínez-Sellés, entre las que se encuentra el registro de objetores, que, en palabras del presidente del Colegio de Médicos de Madrid, “obliga a los profesionales a pronunciarse sobre sus convicciones, tiene un carácter intimidatorio y no sabemos qué repercusiones va a generar a nivel laboral”. En este punto, también el CGCOM ha sido claro en su rechazo, al considerar que su creación podría ir en contra del derecho a la confidencialidad y a la no discriminación.

Registro organizativo

Mientras, para el doctor Sanz, este registro que impone taxativamente la ley genera al menos dos problemas: por un lado, rompe la confianza entre el médico y su paciente, porque “si mi conciencia no me va a permitir asumir una petición de eutanasia, esta decisión debería formar parte de mi diálogo con él”; pero, además, se pretende hacer un registro previo y permanente, cuando “la realidad no es esa, se puede tener problemas en una persona concreta y un hecho concreto, pero se podría admitir la petición de otro paciente en otras circunstancias”.

Al respecto, considera interesante la propuesta del Comité de Bioética de Castilla y León, que contempla la posibilidad de priorizar la utilidad y la organización, pudiendo dejar ese listado de objetores en manos de los jefes de servicio o los coordina￾dores de los centros de salud.

En cualquier caso, se trata de una ley orgánica que tendrán que desarrollar las comunidades autónomas y el Consejo Interterritorial de Salud de una forma, además, diligente, porque habrá poco más de tres meses para poner en marcha esta prestación que exige, entre otros aspectos, la formación de los profesionales y la creación del comité de garantías.


CUIDADOS PALIATIVOS – El derecho relegado

¿Hay libertad de decisión sin cuidados de calidad?

El jefe de Paliativos de Salamanca, el Dr. Francisco Vara, explica que, más allá del debate social de la eutanasia, es una responsabilidad moral procurar el acceso a una atención paliativa de calidad y a las prestaciones sociales

El jefe del Servicio de Cuidados Paliativos del hospital de Salamanca, Francisco Vara, rechaza poner en el mismo plano conceptual la eutanasia y los cuidados paliativos, porque con esta “prestación de ayuda a morir” se puede llegar a pensar que ésta es la única alternativa al sufrimiento. Es más, cree que esta polarización puede trasmitir la idea de que los cuidados paliativos son la panacea contra el sufrimiento, y no es así.

“Toda enfermedad terminal produce un sufrimiento en el paciente y en la familia que es inevitable; la misión de los profesionales de cuidados paliativos es intentar aliviar ese sufrimiento hasta un grado que permita al paciente desear seguir viviendo. Puede que no sea lo más práctico ni lo más económico, pero es algo que debemos a la dignidad humana, es una apuesta por la vida”, asegura.

Explica que si uno de los argumentos fundamentales que se han empleado para aprobar esta ley de la eutanasia es el derecho a la autonomía y a la autodeterminación de los pacientes, “no se puede tener libertad a la hora de tomar decisiones si los pacientes no pueden tener acceso a cuidados paliativos de calidad y no tienen resueltos sus problemas familiares y sociales”. De hecho, muchas personas morirán por no tener acceso a estas prestaciones, y eso atenta contra el principio ético de justicia: “Resulta inimaginable, por ejemplo, que en un sistema sanitario como el nuestro fallezca una persona con un infarto de miocardio por no tener acceso a un buen servicio de Cardiología”, añade.

Por ello, considera una responsabilidad social y moral solucionar estas desigualdades, y cree que “tanto los partidarios de la eutanasia como los contrarios a la misma están de acuerdo en potenciar los cuidados paliativos y las prestaciones sociales de manera que sean universales”. En este sentido, le consta que, tanto a nivel ministerial como en la Comunidad de Castilla y Léon, se están acelerando los planes para que esto sea una realidad con la mayor celeridad posible.

Ley Nacional de Cuidados Paliativos

Por último, el Dr. Vara reflexiona sobre cómo la eutanasia, tras esta ley, “se convierte para el médico en el derecho a disponer de la vida de otro, y esto influye, y no poco, en la relación entre el médico y el paciente, que hasta ahora se basaba en la seguridad de proteger la vida del enfermo, generando una desconfianza hacia algunos profesionales que pueden ser percibidos como agentes eutanásicos”.

Se abre, sin duda, un nuevo escenario para el que, como añade Francisco Vara, no hubiera estado de más un mayor debate “del que se ha privado a la sociedad, e incluso a los propios parlamentarios”, quienes, por otro lado, tienen todavía la asignatura pendiente de aprobar una Ley Nacional de Cuidados Paliativos que comprometa de igual forma a todo el territorio para poder garantizar que las personas puedan decidir dónde, cómo y con quién morir, y no sólo cuándo.

El Dr. Francisco Vara, en primer plano a la derecha, junto a miembros de su equipo de Cuidados Paliativos en el hospital de Los Montalvos.

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